InicioJusticiaCONGELADOS EVALO SL

Concurso de acreedores

CONGELADOS EVALO SL

CIF B53077012Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
622/04/201411/03/2021
Procedimiento
163/2014 · 0000163/2014
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante · MERCANTIL - 3
Administración concursal
Que ha sido nombrado D

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal11/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 163/2014Auto 29/10/2020

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Conclusión del concurso11/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 163/2014Auto 29/10/2020

    Auto de conclusión de concurso

  3. Otro acto concursal11/11/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteAuto 30/10/2020

    Edicto. Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante, con sede en Elche, anuncia: Que en el Concurso de Acreedores núm. 000163/2014 referente a la mercantil Congelados Evalo, S.L., con CIF n.º B53077012, por auto de fecha 29/10/20, se ha acordado lo siguiente: 1.º Se declara concluido el concurso de acreedores de la mercantil Congelados Evalo, S.L., el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 2.º Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el administrador concursal en su cargo. 3.º Se acuerda la extinción de Congelados Evalo, S.L., decretándose la cancelación de sus hojas registrales de inscripción. 4.º Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de un año, ante este Juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal (art. 505.1 TRLC). 5º. Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al art. 479.2 TRLC. Elche, 30 de octubre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Cuéllar Otón.

  4. Otro acto concursal21/09/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 0000163/2014Juez : JORGE CUELLAR OTONAuto 16/09/2020

    Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Ordinario num. 000163/2014, siendo la concursada CONGELADOS EVALO S.L., en el que se ha presentado por la Administración Concursal escrito de rendición de cuentas conforme al Art. 47

  5. Apertura de liquidación25/06/2014
    ⚖️ ALICANTEAuto 10/06/2014

    Edicto. Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado 000163/2014, siendo la concursada Congelados Evalo, S.L.,con C.I.F./N.I.F. número B53077012, con domicilio en Calle Fontaneros, Polig. Ind. IN-2,20 Santa Pola, en el que se ha dictado Auto de fecha 06/06/14 que en su parte dispositiva contiene los siguientes pronunciamientos: 1.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación abríendosela sección quinta a tal fin. 2.- Se decreta la disolución de la mercantil concursada, con cese de los administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 3.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de quince días siguientes a la notificación el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC. 4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento efectuando las publicaciones pertinentes. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades del administrador concursal. Procédase a la publicación de la presente resolución, de forma gratuita, en el Boletín Oficial del Estado. Llévese testimonio de esta resolución a la sección quinta. Elche, 10 de junio de 2014.- Secretario Judicial.

  6. Declaración de concurso22/04/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteAuto 04/04/2014

    Edicto. Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, Hago saber: Que por auto de fecha 01/04/14 en el procedimiento con número de autos 000163/2014 y N.I.G. 03065-66-2-2014-0000161, se ha declarado en Concurso Abreviado Voluntario al deudor Congelados Evalo, S.L.,con domicilio en Calle Fontaneros, Polig. Ind. IN-2,20 Santa Pola y CIF nº B53077012, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 1871, folio 223, hoja número A-35833, inscripción 1ª, representada por el Procurador D. Vicente José Castaño López. Facultades del concursado: intervenido Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D. Juan Miguel Sánchez Quiles, colegiado del Ilustre Colegio Elche con domicilio postal: Calle Maestro Giner, 6-A, Elche, y dirección de correo electrónica: [email protected], para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC. Elche, 4 de abril de 2014.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.