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Concurso de acreedores

CONFICONTROL SERVICIOS INTEGRALES SL

CIF B83777078Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
425/04/201301/10/2020
Procedimiento
650/2012
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID · MERCANTIL - 4 · Juzgado de lo mercantil n.º 4 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal01/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 650/2012Juez : PATRICIA CLEMENTE PUEBLAAuto 23/06/2020

    10 DIAS PARA FORMULAR ALEGACIONES

  2. Conclusión del concurso01/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 650/2012Juez : JUAN PABLO RINCON HERRANDOAuto 23/06/2020

    SE CONCLUYE

  3. Conclusión del concurso28/07/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 4Proc. 650/2012Juez : FATIMA MARIA DURAN HINCHADOAuto 23/06/2020

    En el procedimiento de concurso abreviado 650/2012 por auto de 23-06-2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso CONFICONTROL SERVICIOS INTEGRALES S.L. en calidad de concursado por insuficiencia de la masa activa art. 176 bis 2 y 3

  4. Otro acto concursal25/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo mercantil n.º 4 de MadridProc. 650/2012Auto 15/03/2013

    Edicto El Juzgado de lo mercantil n.º 4 de Madrid, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia 1. Que en el procedimiento número 650/2012, por auto de fecha 15 de marzo de 2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Conficontrol Servicios Integrales, S.L., con domicilio en calle Azcona, 21, de Madrid, CIF B83777078 2. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se han ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 3. La comunicación de los créditos se harán en la siguiente dirección: Correo Postal calle Infanta Mercedes, 109-111, 1.º Oficinas, 28020 Madrid Correo electrónico: [email protected] 4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184,3 LC), Madrid, 15 de marzo de 2013.- El/la Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.