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Concurso de acreedores

CONFECCIONES UDY SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

CIF B78068723Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
426/10/201115/09/2017
Procedimiento
579/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal15/09/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 579/2011Auto 12/09/2017

    Edicto. D. Luis Espinosa Navarro, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, En el procedimiento concurso abreviado 579/2011, seguido a instancias de CONFECCIONES UDY, S.L., se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de CONFECCIONES UDY, S.L., con CIF B-78068723 y domicilio en c/ Abril, n.º 59, Humanes (Madrid), CP 28022. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 12 de septiembre de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso26/09/2013
    ⚖️ MADRIDProc. 579/2011Auto 16/09/2013

    Edicto. Doña Esther Sáez-Benito Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 579/2011 referente al concursada Confecciones Udy, S.L., con CIF: B78068723, con fecha 16/09/2013, se ha dictado auto aprobando el plan de liquidación cuya parte dispositiva es como sigue: 1.- Dispongo aprobar el plan de realización de bienes y derechos que constituyen la masa activa de Confecciones Udy, S.L., con CIF: B78068723, presentado en fecha 14/03/2013 por la Administración concursal de Confecciones Udy, S.L. A dicho plan habrán de atenerse las operaciones de liquidación de dicha masa activa, y en aquello que no esté contemplado será de aplicación lo dispuesto en el artículo 149 de la Ley Concursal, Ley 22/03 de 9 de julio que actúan como normas legales supletorias". Cada tres meses, a contar de la apertura de la fase de liquidación, la administración concursal presentará al Juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones, que quedará de manifiesto en la Oficina judicial. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de esta Ley. 2.- Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso; que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de la presente resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. 3.- Se declara disuelta la entidad "Confecciones Udy, S.L.", cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- Anúnciese por edictos la aprobación del plan de liquidación, que se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado. Inscríbase, asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso y la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid.(art. 148.2 LC). Dese cumplimiento al art. 248 LOPJ. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional 15.ª, punto 6 y 7 y la Disposición Final de la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial por la que se modifica la L.O. 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; se indica la necesidad de constitución de depósito para recurrir la presente resolución. Madrid, 16 de septiembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

  3. Apertura de liquidación27/02/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 579/2011Auto 14/02/2013

    Edicto Doña Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, Anuncia: que en los autos de concurso voluntario abreviado n.º 579/2011 referente al deudor Confecciones Udy, S.L., con domicilio social en Humanes de Madrid (Madrid), calle Abril, n.º 59, 28022, Madrid, con CIF B78068723, en el cual se ha dictado auto con fecha 14 de febrero de 2013, cuya parte dispositiva es como sigue: Acuerdo: 1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Confecciones Udy, S.L. 2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la Sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3.- Quedar, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4.- Declarar la disolución si no estuviese acordada y, en todo caso, el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal. 6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. 7.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. 8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Madrid, 14 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

  4. Otro acto concursal26/10/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 12 de MadridAuto 18/10/2011

    El Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 579/11, por auto de 18 de octubre de dos mil once se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Confecciones Udy, S.L., con CIF B-78068723 con domicilio en calle Abril, nº 59, de Humanes, Madrid, y cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El lugar para la comunicación será por correo ordinario a la dirección: Administración concursal del concurso Confecciones Udy, S.L., calle Orense, nº 25, 4º B, Madrid. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 18 de octubre de 2011.- Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.