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Concurso de acreedores
CONCEPTO PROYECTO Y DESARROLLO SL
CIF B63940845Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 04/05/2010 → 17/12/2021
- Procedimiento
- 96/2010
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA · Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Ponteveda
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso17/12/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 96/2010Juez : FRANCISCO MODESTO GIL MONZÓAuto 17/09/2021
Auto que aprueba el Plan de Liquidación
- Otro acto concursal09/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 96/2010Juez : BERTA PELLICER ORTIZAuto 17/09/2021
AUTO CONCLUSIÓN CONCURSO
- Otro acto concursal09/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PONTEVEDRA Proc. 96/2010Juez : ADELA MORENO BLANCOAuto 17/09/2021
Se ha puesto de manifiesto el plan de liquidación elaborado por la administración concursal.
- Otro acto concursal04/05/2010⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de PontevedaProc. 96/2010Auto 06/04/2010
Edicto. El Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Ponteveda, en cumplimiento de lo dispuesto de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que el el procedimiento número 96/2010, pro auto de seis de abril de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Concepto Proyecto y Desarrollo, SL, con CIF: B.63.940.845, con domicilio en la Calle San Antoniño, n.º 6-8, bajo, centro de sus principales intereses. 2º.- Ha sido nombrado Administrador Concursal el Abogado Alberto Sanmartín Lorenzo, con DNI: 44.081.877.P. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Pontevedra, 6 de abril de 2010.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.