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Concurso de acreedores
COMUNICATION BY NET NORTH-TELECOM SL
CIF B83275370Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 09/09/2015 → 07/09/2021
- Procedimiento
- 305/2014
- Juzgado
- MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid
- Administración concursal
- D
Cronología del expediente
- Otro acto concursal07/09/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 305/2014Juez : ADELA MORENO BLANCOAuto 28/07/2021
Se dicta la aprobación del plan de liquidación y se acuerda la formación de la sección sexta de calificación del concurso.
- Otro acto concursal12/08/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 305/2014Juez : Santiago Aragonés SeijoAuto 01/09/2022
SEGÚN EDICTO ANEXO EN PDF
- Otro acto concursal11/08/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 305/2014Juez : Santiago Aragonés SeijoAuto 01/09/2022
Declaro concluso el procedimiento concursal de BARS P.V.T.CALELLA S.L., con CIF: B-17364456 y domicilio en C/ dels Valls, 3-5 Palafrugell, representada por el Procurador Sr. Rosa Llum Fernández Feliu, e inscrita en ese Registro Mercantil en el Tomo 5
- Conclusión del concurso11/08/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 305/2014Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 01/09/2022
AUTO DE APROBACIÓN DEL PLAN DE LIQUIDACIÓN Y APERTURA DE LA SECCIÓN DE CALIFICACIÓN
- Apertura de liquidación26/10/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 305/2014Juez : ADELA MORENO BLANCOAuto 13/10/2020
Se abre la fase de liquidación del concurso, se suspenden las facultades de administración y se declara disuelta la entidad.
- Otro acto concursal09/09/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridAuto 30/06/2015
Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1º.- Que en el Procedimiento número 305/14, por Auto de 30 de junio de 2015, se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil COMUNICATION BY NET NORTH TELECOM, S.L., con C.I.F.: B-83275370, y con domicilio en El Molar (Madrid). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal: D. Emilio Pala Laguna, profesión: Abogado, en la C/ Arturo Soria, nº 338, escalera derecha, 7º C, C.P.: 28033 Madrid, o comunicarse por correo electrónico en: [email protected] No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 23 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.