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Concurso de acreedores
Que en el procedimiento concursal número 907/2011 referente al concursado Comercial Orpe, S.L
CIF B48243299Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 31/12/2011 → 03/05/2013
- Procedimiento
- 907/2011
Cronología del expediente
- Declaración de concurso03/05/2013⚖️ BILBAOProc. 907/2011Auto 18/04/2013
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia: Que en el procedimiento concursal número 907/2011 referente al concursado Comercial Orpe, S.L., con CIF número B-48243299, por auto de fecha 18/04/2013 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, y aprobar el plan de liquidación presentado por la concursada. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- Se ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- Formar la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezara con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso (artículo 163.1.2.º de la LC). Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 18 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal31/12/2011⚖️ BILBAOProc. 907/2011Auto 20/12/2011
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 907/2011, por auto de 20 de Diciembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Comercial Orpe, S.L., con NIF B48243299 con domicilio en Calle Club, nº 2 – 48930 Getxo, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Getxo. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben de poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Bilbao, 20 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.