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Concurso de acreedores

COMBUSTIBLES CARAVACA SL

CIF B73530115Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
213/07/201527/01/2018
Procedimiento
445/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal27/01/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 445/2015Auto 19/01/2018

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, Anuncia: 1. Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 445/2015 de COMBUSTIBLES CARAVACA, S.L., con CIF B-73530115 se ha dictado el 19 de enero de 2018 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2. El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 19 de enero de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso13/07/2015
    ⚖️ MURCIAProc. 445/2015Auto 22/06/2015

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 445/2015 y NIG n.º 30030 47 1 2015 0000978 se ha dictado en fecha 22 de junio de 2015 auto de declaración de concurso del deudor COMBUSTIBLES CARAVACA, S.L., con CIF B-73530115 y domicilio en Caravaca de la Cruz (Murcia), avenida de Granada, 15, bajo. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que quedan intervenidas por la Administración concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad. Se ha designado, como administración concursal a la sociedad TEZCONSA ASESORES, S.L.P. con domicilio postal en calle Jerónimo de Roda, n.º 1, 1.º C, 30005 Murcia, teléfono 968282409, y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. Murcia, 24 de junio de 2015.- La Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.