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Concurso de acreedores
COMBUSTALIA SL EN LIQUIDACION
CIF B73512832Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 22/07/2017 → 23/01/2023
- Procedimiento
- 195/2017
- Juzgado
- Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso23/01/2023⚖️ Mercantil - 2Proc. 195/2017Juez : Francisco Cano MarcoAuto 23/01/2023
Conclusión concurso
- Declaración de concurso22/07/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MurciaProc. 195/2017Auto 10/07/2017
Doña Ángela Quesada Martos, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 195/2017 y NIG 30030 47 1 2017 0000412, se ha dictado en fecha 10 de julio de 2017 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor grupo empresarial Combustalia, S.L., con CIF B73512832, cuyo domicilio social lo tiene en c/ Madre Paula Gil Cano, s/n, 2.º izda., 30009 Murcia. 2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Se ha designado, como administración concursal a la sociedad Tecnitec Concursal, S.L.P., quien ha designado en virtud del art. 30 de la LC a Mercedes Martínez Ciller, con domicilio postal c/ Murcia, teléfono 968214877 y dirección electrónica [email protected], señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose aperturado dicha fase de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal. 6.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. Murcia, 18 de julio de 2017.- La Letrada Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.