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Concurso de acreedores

COMAPA CENTRE SL

CIF B63592620Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 07/08/2014 → 20/11/2014
Procedimiento
632/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso20/11/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 632/2014Auto 24/10/2014

    Doña María Aranzazu Alameda López, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 632/2014, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Comapa Centre, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 632/2014, Sección C2. NIG del procedimiento.- 0801947120148002108. Entidad concursada.- Comapa Centre, S.L. con CIF n.º B63592620 y domicilio en Pl. Europa, 2-4, L'Hospitalet de Llobregat. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de conclusión.- 24.10.2014. Barcelona, 24 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso07/08/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 632/2014Auto 22/07/2014

    Doña María Aránzazu Alameda López, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 632/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Comapa Centre, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 632/2014, Sección C2. NIG del procedimiento.- 0801947120148002108. Entidad concursada.- Comapa Centre, S.L., con CIF n.º B 63592620. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 22 de julio de 2014. Administrador/es Concursales.- Emilio Segura Fernández, con domicilio social en Av. Diagonal, 628, 2.º 2.ª, 08017 Barcelona, teléfono núm. 932721192, fax núm. 932721189 y correo electrónico: [email protected]. Facultades del concursado.- Intervenido. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 24 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.