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Concurso de acreedores
CODIUM NETWORKS SL
CIF B83915280Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 7 — 29/12/2009 → 03/09/2020
- Procedimiento
- 497/2009
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid · MERCANTIL - 3
Cronología del expediente
- Otro acto concursal03/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 497/2009Juez : MARIA SOLEDAD CAPILLA GIMENEZAuto 28/07/2020
DECLARACION DE CONCURSO DE PERSONA FISICA
- Otro acto concursal03/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 497/2009Auto 28/07/2020
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso03/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 497/2009Juez : EDUARDO ENRECH LARREAAuto 28/07/2020
AUTO CONCLUSIÓN CONCURSO
- Otro acto concursal04/08/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 497/2009Auto 28/07/2020
EDICTO Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 497/2009 de la mercantil CODIUM NETWORKS, S.L., con CIF B-83915280, por auto de fecha 28/07/2020 se ha acordado la conclusión y archivo del mismo por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 28 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.
- Conclusión del concurso30/07/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 497/2009Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 28/07/2020
AUTO DE CONCLUSION
- Apertura de liquidación24/04/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de MadridAuto 10/04/2012
Edicto D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 de la L.C. anuncia: Que en el procedimiento concursal número 497/09 referente al concursado Codium Networks, S.L., B-83915280, por auto de fecha 10 de abril de 2012 se ha acordado lo siguiente: 1º.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2º.- la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 3º.- Declarar disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Madrid, 12 de abril de 2012.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal29/12/2009⚖️ MADRIDAuto 10/12/2009
Edicto. D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 3 de Madrid, anuncia: 1º.- Que en el concurso voluntario abreviado número 497/09 por auto de fecha 10 de diciembre de 2009 se ha declarado en concurso al deudor "Codium Networks, S.L." con CIF: B-83915280. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C., y en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a esta publicación. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.). Madrid, 10 de diciembre de 2009.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.