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Concurso de acreedores
COCREDIT SOCIEDAD LIMITADA
CIF B48582308Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 08/05/2013 → 06/06/2019
- Procedimiento
- 144/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación06/06/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 144/2013Auto 21/05/2019
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, Anuncia Que en el procedimiento concursal número 144/2013 en el que figura como concursado/a Cocredit, S.L. y Respasir Servicios, CIF B48582308 y B95341384, se dictado el 20/05/19 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Así mismo se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Bilbao (Bizkaia), 21 de mayo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación19/11/2013⚖️ BILBAOProc. 144/2013Auto 05/11/2013
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia) anuncia: Que en el procedimiento concursal número 144/2013 referente al concursado Cocredit, S.L., con CIF número B-48582308 y Respasir Servicios, S.L., con CIF número B-95341384, por auto de fecha 05/11/2013 se ha acordado lo siguiente: Primero. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo. Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero. Disolución de las mercantiles Cocredit, S.L., y Respasir Servicios, S.L.. Cuarto. La misma resolución ha acordado que una vez se apruebe el plan de liquidación, se abra la sección sexta de calificación del concurso. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se dé a la resolución que acuerde la formación de dicha sección, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la misma, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao (Bizkaia), 5 de noviembre de 2013.- La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal08/05/2013⚖️ BILBAOProc. 144/2013Auto 22/04/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.-Que en el procedimiento número 144/2013, NIG número 48.04.2-13/004333, por auto de 22/4/2013, se ha declarado en concurso necesario a los deudores Cocredit, S.L. y Respasir Servicios, S.L., con NIF B48582308 y B95341384, respectivamente, con domicilio en calle Navarra, número 6-4.º Departamento 4. 48001 Bilbao-Bizkaia y calle Navarra, número 6-4.º departamento 3. Bilbao y cuyo centro de principales intereses lo tienen en Bilbao. Segundo.-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. Tercero.-Que la administración concursal está integrada por la entidad Allengar Sociedad para la Administración Concursal, S.L.P. Domicilio postal: Telesforo Aranzadi, 4-1.º derecha, 48008 Bilbao. Dirección electrónica: [email protected] Cuarto.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sexto.-Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao, 22 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.