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Concurso de acreedores
COACHLINGUA SL
CIF B85851251Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 15/03/2018 → 07/02/2019
- Procedimiento
- 147/2018
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal07/02/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MadridProc. 147/2018Auto 04/02/2019
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 147/2018, de la concursada COACHLINGUA, S.L., CIF: B85851251, por auto de fecha 04/02/2019 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa, 176 bis 2 y 3. 2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 4 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Enrique Calvo Vergara.
- Convenio de acreedores15/03/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MadridProc. 147/2018Auto 08/03/2018
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el Concurso Abreviado 147/2018, por Auto de fecha 8 de marzo de 2018, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a COACHLINGUA, S.L., con n.º de identificación B85851251, y domiciliado en calle Nogal, n.º 3, Esc/Piso/Prta: local 1 C.P 28250 Torrelodones (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es doña LAURA GURREA MARTÍNEZ, con domicilio postal en C/ Bárbara de Braganza, 3º, izda, 28004 (Madrid), y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es. 7.- Que se ha admitido a trámite la Propuesta Anticipada de Convenio presentada por el concursado. Madrid, 12 de marzo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.