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Concurso de acreedores

CLAVE DE PUBLICIDAD SA

CIF A07268782Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
413/04/201330/03/2023
Procedimiento
136/2013
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal30/03/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 136/2013Juez : JORGE GOMEZ LOZANOAuto 17/02/2023

    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 289 del texto refundido de la Ley Concursal, se publica proyecto de inventario y lista de acreedores, con la relación de las solicitudes de rectificación o de complemento recibidas.

  2. Otro acto concursal30/03/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 136/2013Juez : CONSUELO ROMERO SIEIRAAuto 17/02/2023

    Acuerdo dejar constancia de la comunicación al órgano judicial del inicio de negociaciones para alcanzar un acuerdo de los previstos en los artículos 598,599,603 y 698 del TRLC por el deudor PROYECTOS ESARUS S.L.

  3. Conclusión del concurso30/03/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 136/2013Juez : CESAR SUAREZ VAZQUEZAuto 17/02/2023

    En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 35.1 de la Ley Concursal (LC), se comunica que en el procedimiento anteriormente indicado se ha dictado la resolución auto conclusión de concurso.

  4. Declaración de concurso13/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 136/2013Auto 10/04/2013

    Don Enrique Díaz Revorio, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado n.º 136/2013-D (NIG 007040 47 1 2013 0000484), se ha dictado en fecha 22-3-2013 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor "Clave de Publicidad, S.A.", con CIF A07268782, con domicilio en calle Industria, 9, de Palma. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la concursada. 3.º Se ha nombrado Administrador Concursal al censor jurado de cuentas don Javier Narváez Marimón, con domicilio profesional a efectos de notificaciones en calle Archiduque Luis Salvador, 33, 1.º, 2 D, de Palma. y dirección de correo electrónico [email protected]. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir del siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Palma, 10 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.