Concurso de acreedores
CLARIANA SA
CIF A46034591Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 08/01/2020 → 08/01/2020
- Procedimiento
- 271/2008
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Castellón
Cronología del expediente
- Convenio de acreedores08/01/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de CastellónProc. 271/2008Auto 05/12/2019
Doña María de las Mercedes Checa Moya, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 5 de diciembre de 2019, dictado en el procedimiento de CONCURSO ORDINARIO [CNO], n°000271/2008, N.I.G. n° 12040-66-2-2008- 0000305, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Voluntario y Ordinario que se ha seguido frente al deudor CLARIANA, S.A., domiciliado en Villarreal, avenida Alemania nº 46 y CIF número A-46034591. Segundo: Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas insertas en su parte dispositiva que a continuación se inserta: PARTE DISPOSITIVA: "...Se acuerda la CONCLUSIÓN, por Cumplimiento del Convenio, del presente concurso n° 271/2008, relativo a la entidad CLARIANA, S.A., con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia. En particular, cesan cualesquiera limitaciones de las facultades de administración y disposición que sobre la deudora subsistieran como consecuencia del concurso. El presente Auto se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la LC, y se dará al mismo la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24 de la propia LC (artículos 141 y 177.3 de la LC). Este Auto es firme y contra el mismo no cabe recurso alguno (artículos 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y 177.1 de la LC). Magistrado Letrada de la Administración de Justicia. Castellón de la Plana, 10 de diciembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Mª de las Mercedes Checa Moya.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.