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Concurso de acreedores

CISTERNAS HURTRANS SL

CIF B03902889Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
8 — 14/02/2013 → 14/04/2021
Procedimiento
444/2012
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE · Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante · MERCANTIL - 2

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal14/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 444/2012Juez : LEANDRO BLANCO GARCIA-LOMASAuto 19/02/2021

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Conclusión del concurso14/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 444/2012Juez : LEANDRO BLANCO GARCIA-LOMASAuto 19/02/2021

    Auto de conclusión de concurso

  3. Declaración de concurso09/03/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 2 de AlicanteAuto 19/02/2021

    Edicto Don Arturo Hernández Beltrán, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita bajo el número 444-12 Concurso de Acreedores de las deudoras Cisternas Hurtrans, S.L., con CIF B-03902889, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 1.661, Folio 22, Hoja A-24575 y de la deudora Tank Hurt, S.L., con CIF B-73109043, inscrita en el Registro Mercantil de Murcia, al Tomo 1.737, Folio 35, Hoja MU-34.732, ambas domiciliadas en la calle Perfecto Rico Mira, n.º 18, de Pinoso (Alicante), en cuyo seno se han dictado el 19-02-21 dos autos declarando el archivo y conclusión por cumplimiento del convenio de ambas concursadas aprobados por sentencias de fecha 17-07-14. Asimismo se recoge en los autos: "1.-Declarar la conclusión del concurso seguido en este Órgano Judicial con el número 444/12 y el archivo de las actuaciones por ser firme el auto que declara el cumplimiento del convenio en su día aprobado. 2.-Acordar asimismo el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en el sentencia firme de calificación. 3.-Publicar el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal. Asimismo, en atención a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al: Registro Mercantil de Alicante para la cancelación de las inscripciones realizadas en el presente concurso correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de los administradores judiciales. Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo. Modo de impugnación: No cabe recurso alguno. Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma D/Dña. Leandro Blanco García-Lomas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante." Y para que sirva de publicación en ese organismo expido el presente en Alicante, 19 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Arturo Hernández Beltrán.

  4. Conclusión del concurso08/03/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 444/2012Juez : artura hernandezAuto 19/02/2021

    archivo y conclusión concurso

  5. Convenio de acreedores31/12/2020
    ⚖️ ALICANTEAuto 18/11/2020

    Edicto Dña. María Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita bajo el número 444-12 Concurso de Acreedores de las deudoras Cisternas Hurtrans, S.L., con CIF B-03902889, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia al Tomo 1.661, Folio 22, Hoja A-24575 y de la deudora Tank Hurt, S.L. con C.I.F. nº B-73109043, inscrita en el Registro Mercantil de Murcia, al Tomo 1.737, Folio 35, Hoja MU-34.732, ambas domiciliadas en el calle Perfecto Rico Mira nº 18 de Pinoso (Alicante), en cuyo seno se han dictado el 18 de noviembre de 2020 dos Autos declarando íntegramente cumplidos los convenios de ambas concursadas aprobados por sentencias de fecha 17 de julio de 2014. Asimismo se recoge en el auto que "cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento pudiendo ejercitarse la acción desde que se produzca el incumplimiento, caducando la misma a los dos meses contados desde la publicación del auto de cumplimiento al que se refiere el artículo 139 de la LC (Art 401 TRLC), sustanciándose la impugnación por el trámite de los incidentes concursales". Y para que sirva de publicación en el BOE expido el presente. Alicante, 18 de noviembre de 2020.- El/La Letrada de la Administración de Justicia, Dña. María Pilar Solanot García.

  6. Declaración de concurso24/11/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 444/2012Juez : pilar solanot garciaAuto 18/11/2020

    cumplimiento convenio

  7. Convenio de acreedores06/08/2014
    ⚖️ ALICANTEAuto 17/07/2014

    Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita bajo el número 444-12 Concurso de Acreedores del deudor Cisternas Hurtrans, S.L. con C.I.F. número B-03902889, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al tomo 1.661, folio 22, hoja A-24575 y Tank Hurt, S.L., con C.I.F. número B-73109043, inscrita en el Registro Mercantil de Murcia, al tomo 1.737, folio 35, hoja MU-34.732, ambas domiciliadas en la calle Perfecto Rico Mira, n.º 18 de Pinoso (Alicante), en cuyo seno se han dictado el 17 de julio de 2014 dos sentencias N.º 104-14 y N.º 104-14 bis, aprobando el convenio, en las que ambas resoluciones establecen lo siguiente: Respecto de Cisternas Hurtrans, S.L. y de Tank Hurt, S.L. "Quita del 50% y espera de 5 años de tal manera que se procederá al pago de acuerdo con los siguientes plazos: a los 12 meses de la aprobación del convenio, el 20% del crédito reconocido en la lista de acreedores; a los 24 meses de la aprobación del convenio, el 20% del crédito reconocido en la lista de acreedores; a los 36 meses de la aprobación del convenio, el 20% del crédito reconocido en la lista de acreedores; a los 48 meses de la aprobación del convenio, el 20% del crédito reconocido en la lista de acreedores; a los 60 meses de la aprobación del convenio, el 20% del crédito reconocido en la lista de acreedores. Y cuyo Fallo contiene los siguientes pronunciamientos: "Que procede aprobar el convenio aceptado en junta de fecha 12 de junio de 2014, declarando la terminación de la fase común del concurso, con todos sus efectos legales inherentes, cesando los administradores concursales en el cargo debiendo rendir cuenta de su gestión en el plazo de un mes. Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 Ley Concursal. Modo de impugnación: Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Alicante, que deberá prepararse en el plazo de cinco días y que se tramitará con carácter preferente (artículo 197.4 Ley Concursal). Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado y rubricado" Y para que sirva de publicación, en el B.O.E., expido el presente en Alicante, 17 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

  8. Declaración de concurso14/02/2013
    ⚖️ ALICANTEProc. 444/2012Auto 31/01/2013

    Edicto Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento concurso ordinario 444/2012-R sobre declaración de concurso de las mercantiles CISTERNAS HURTRANS, S.L., con C.I.F. número B-03902889, y TANK HURT, S.L. con C.I.F. número B-73109043, ambas domiciliadas en la calle Perfecto Rico Mira, número 18 de Pinoso (Alicante) se ha presentado por la Administración Concursal el INFORME preceptuado en el articulo 74 Ley Concursal, uno de cada mercantil y se ha dictado Providencia de fecha 31 de Enero de 2.013, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: " Frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (articulo 192 Ley Concursal y 399 Ley Enjuiciamiento Civil) presentada en Decanato, con identificaciòn del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación del edicto." Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente en Alicante, 31 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.