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Concurso de acreedores
CINEQUINTOS MULTICINES SL EN LIQUIDACION
CIF B91968271Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 18/01/2014 → 25/01/2023
- Procedimiento
- 1855/2013
- Juzgado
- Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección 2ª - 2
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso25/01/2023⚖️ Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección 2ª - 2Proc. 1855/2013Juez : PEDRO MARQUEZ RUBIOAuto 23/01/2023
Edicto de conclusión del concurso
- Otro acto concursal18/01/2014⚖️ SEVILLAProc. 1855/2013Auto 07/01/2014
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 1855/2013, con NIG 4109142M20130002290 por auto de 19/12/2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Cinequintos Multicines, S.L., con CIF B-91968271 y domicilio y centro de principales intereses en Montequinto, Dos Hermanas (Sevilla), en Centro Comercial y Ocio Cinequinto, local 29, Av. de Montequinto, s/n. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Juan Díaz-Ambrona Cancho, con domicilio postal Plaza Ruiz de Alda, n.º 11 de Sevilla, con dirección electrónica [email protected] y teléfono/fax 924 23 71 59. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 7 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.