Inicio›Justicia›CIMBA SOLUTIONS SOCIEDAD LIMITADA
Concurso de acreedores
CIMBA SOLUTIONS SOCIEDAD LIMITADA
CIF B98539497Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 03/06/2015 → 05/06/2017
- Procedimiento
- 3/2009
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Cronología del expediente
- Declaración de concurso05/06/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 3/2009Auto 28/04/2017
Doña Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por e presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000428/2015, habiéndose dictado en fecha 28 de abril de 2017 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Parte Dispositiva Acuerdo: 1.- Se Declara la Conclusión del Concurso Abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000428/2015, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Bellmont Regodón, Victor De, en nombre y representación de la mercantil Cimba Solutions, S.L., y el Archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación 3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/D.ª Rafael Ballester Casabuena, con DNI n.º 25416597X, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Cimba Solutions, S.L., con CIF B98539497, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme. 5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 1 de marzo de 2017. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria Segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Bellmont Regodón, Víctor de, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez dias a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de este Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2.ª del concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.S.ª Doy fe. El/la Magistrado/a-Juez/a. El/la Letrado/a de la Administración de Justicia. Valencia, 28 de abril de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso03/06/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaAuto 19/05/2015
Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000428/15, habiéndose dictado en fecha 12/05/15 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil Número 3 de Valencia auto de declaración de concurso Voluntario de acreedores de Cimba Solutions, S.L., con CIF. B98539497, decretándose la Intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a D. Rafael Ballester Casabuena, con D.N.I. n.º 25.416.597X, domicilio profesional en calle General Urrutia, n.º 67, esc. 2, pta. 6.ª, 46013-Valencia, teléfono n.º 96.395.20.67, fax n.º 96.334.22.41, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC. Valencia, 19 de mayo de 2015.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.