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Concurso de acreedores
CIBOCONSTRUCCION SOCIEDAD LIMITADA
CIF B97576094Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 15/04/2010 → 20/10/2011
- Procedimiento
- 1516/2009
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso20/10/2011⚖️ VALENCIAProc. 1516/2009Auto 08/07/2011
D./Dña. Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente Hago Saber: Que en este Juzgado se siguen autos del concurso Abreviado 1516/2009 Voluntario, de la deudora Concursada Ciboconstrucción, S.L. con CIF N° B-97576094, con domicilio en la Carretera Valencia-Ademuz km. 27,2, Lliria (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 8 de julio de 2011, por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de tratarse de persona física, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.) Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 8 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación03/01/2011⚖️ VALENCIAAuto 14/09/2010
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado 1516/09 voluntario, de la deudora concursada Ciboconstrucción, S.L., con CIF B-97576094, con domicilio en carretera Valencia-Ademuz, km 27,2, Llíria (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto e fecha 14 de septiembre de 2010 por el Ilmo Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al artículo 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legítimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6.ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 14 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso15/04/2010⚖️ VALENCIAAuto 09/03/2010
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 Ley Concursal por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de procedimiento concursal abreviado voluntario 1516/09, habiéndose dictado en fecha 9 de marzo de 2010 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Ciboconstrucción, S.L., con domicilio en carretera Valencia-Ademúz, km 27,2 de Lliria (Valencia) y CIF B-97576094. Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, tomo 8177, libro 5469, folio 93, hoja V-105202, inscripción 1.ª Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 9 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.