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Concurso de acreedores

CHRONOBSESSION SL

CIF B87525440Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
1 — 08/08/2017 → 08/08/2017
Procedimiento
636/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal08/08/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridProc. 636/2017Auto 27/07/2017

    D.ª Virginia Montejo Labrada Letrada de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, Hace saber: Que en el concurso Concurso Abreviado 636/2017, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2017/0104463, por auto de fecha 26.7.17, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a CHRONOBSESSION, S.L., con n.º de identificación B87525440, y domiciliado en San Raimundo, 61-2.º 28039 de Madrid Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal La identidad de la Administración concursal es D. Salvador Muñoz-Perea Piñar, Auditor de Cuentas, con domicilio en: Avenida Filipinas 4, 1D, 28003 Madrid; y número de teléfono: 915331191; número de fax: 915339741, dirección de correo electrónico: [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 27 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.