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Concurso de acreedores

CHITTI BANG SA

CIF A28657609Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
507/06/201229/06/2023
Procedimiento
209/2012
Juzgado
Mercantil - 12 · Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil 12 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso29/06/2023
    ⚖️ Mercantil - 12Proc. 209/2012Juez : LUIS ESPINOSA NAVARROAuto 23/06/2023

    Conclusión de concurso.

  2. Otro acto concursal25/04/2023
    ⚖️ Mercantil - 12Proc. 209/2012Juez : LUIS ESPINOSA NAVARROAuto 24/04/2023

    De conformidad con el art. 478.3 TRLC, se acuerda la publicación en el Registro Público Concursal del informe de rendición de cuentas presentado por la Administración concursal.

  3. Apertura de liquidación26/10/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 12 de MadridProc. 209/2012Auto 14/10/2013

    Edicto D.ª Esther Sáez Benito Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid, anuncia: Que en los autos de concurso voluntario nº 209/2012 instado por la Procuradora D.ª María Teresa Uceda Blasco, en nombre y representación de "Chitti-Bang, S.A." con CIF A-28657609, en el cual se ha dictado con fecha 08/10/2013 auto abriendo liquidación. El referido auto en su parte dispositiva dice literalmente lo siguiente: Parte Dispositiva Acuerdo: 1.- Abrir la fase de liquidación, formándose la Sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 2.- Quedar, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 3. Declarar la disolución si no estuviese acordada de la mercantil Chitti-Bang, S.A., con CIF A-28657609 y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 4.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal. 5.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. 6.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. 7.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación, previa constitución del depósito correspondiente y, en su caso, de la liquidación de la tasa judicial. Así lo acuerdo y firmo. Madrid, 14 de octubre de 2013.- Secretaria Judicial.

  4. Otro acto concursal20/09/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 12 de MadridProc. 209/2012Auto 10/09/2012

    D.ª Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil 12 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 209/2012 referente al deudor "Chitti-Bang, S.A.", con CIF A-28657609, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de DIEZ DIAS, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios del Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. madrid, 10 de septiembre de 2012.- Secretaria judicial.

  5. Otro acto concursal07/06/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 209/2012Auto 17/05/2012

    Doña Josefina Elena Enrech Verde, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 209/2012, por auto de 17 de mayo de 2012, se ha declarado en concurso voluntario al deudor "Chitti-Bang,,S.A", con CIF: A-28657609, con domicilio social en c/ San Erasmo, núm. 10, Villaverde Alto, Madrid, cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Lugar para tal comunicación: por presentación o remisión a la dirección: Administración concursal del concurso de "Chitti-Bang, S.A.": Att. D. Eladio José Acevedo Herranz, calle Fernando El Católico, n.º 17, 6.º A derecha, Madrid C.P. 28015. E-mail: [email protected]. Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 17 de mayo de 2012.- Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.