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Concurso de acreedores
CHIP CONTROL SL
CIF B12756789Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 12/03/2019 → 15/03/2019
- Procedimiento
- 02/2019 · 44/2019
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón · MERCANTIL - 1
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso15/03/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de CastellónProc. 02/2019Auto 18/02/2019
D. Jorge González Rodríguez, Letrado Titular de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 07/02/2019, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado [CNA], n.º 000044/2019, N.I.G. n.º 12040-66-1-2019-0000046, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor "Chip Control, S.L.U.", domiciliado en Castellón (12004) C/ San Fernando, n.º 6, 2.º B, y NIF número B12756789, y al mismo tiempo se ha acordado la conclusión del concurso en virtud de lo dispuesto en el artículo 176.1.3.º de la LC. Segundo: Se ha acordado así mismo la extinción de la concursada y la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda. Tercero: En el año siguiente a la fecha de la resolución de conclusión, los acreedores podrán solicitar la reapertura del concurso con la finalidad de que se ejerciten acciones de reintegración, indicando las concretas acciones que deben iniciarse o aportando por escrito hechos relevantes que pudieran conducir a la calificación del concurso como culpable. Cuarto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 18 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge González Rodríguez.
- Conclusión del concurso12/03/2019⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 44/2019Juez : ANTONIO PEDREIRA GONZALEZAuto 07/02/2019
POR AUTO DE FECHA 07/02/19 SE HA DECLARADO EN CONCURSO VOLUNTARIO Y ABREVIADO AL DEUDOR CHIP CONTROL S.L.U. Y AL MISMO TIEMPO SE HA ACORDADO LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO EN VIRTUD DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 176.1.3º DE LA LC
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.