Concurso de acreedores
CHAPLAN SA
CIF A78597770Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 28/03/2012 → 09/03/2020
- Procedimiento
- 72/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil N.º 9 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal09/03/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 09 de MadridProc. 72/2012Auto 26/02/2020
EDICTO Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 09 de Madrid, ANUNCIA 1º Que en el procedimiento Concurso Ordinario 72/2012, por auto de fecha 26 de febrero de 2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por finalización de la fase liquidación, de la mercantil Chaplan, S.A., CIF: A78597770. 2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes. 3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 26 de febrero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Gustavo Adolfo Carasa Antón.
- Otro acto concursal17/09/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 9 de MadridAuto 05/09/2013
EL Juzgado de lo Mercantil N.º 9 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal 72/12 del concursado Chaplan, S.A., CIF A78597770, se ha dictado el día 5/9/13 auto aprobando judicialmente el plan de liquidación. 2.- Que se ha acordado la formación de la sección sexta de Calificación del concurso para que dentro de los diez días siguientes a la publicación del presente edicto cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo, pueda personarse en dicha Sección, alegando por escrito cuando considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Madrid, 5 de septiembre de 2013.- Secretario Judicial.
- Convenio de acreedores20/04/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de MadridProc. 72/2012Auto 10/04/2013
EL Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 72/2012 de la mercantil Chaplan, S.L. C.I.F.: A78597770 se ha dictado el día 10/4/13 Sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por la concursada. 2. La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC. El convenio está de manifiesto en la Secretaria del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento. 3. Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid que debe prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado de lo Mercantil en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia. Madrid, 10 de abril de 2013.- Secretario Judicial.
- Declaración de concurso28/03/2012⚖️ MADRIDAuto 16/03/2012
El Juzgado de lo Mercantil n.º 9, anuncia: 1.º Que observado error en el anterior edicto de 16/2/12 sobre la declaración de concurso n.º 72/12 de la entidad mercantil CHAPLAN, S.A., CIFA-78597770 publicado el día 27/2/12 en el Boletín Oficial del Estado, sobre las facultades del concursado, se procede a su subsanación. 2.º El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de la Administración concursal. Madrid, 16 de marzo de 2012.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.