Concurso de acreedores
CHAPALA 15 SL
CIF B61580221Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 17/03/2014 → 17/03/2014
- Procedimiento
- 67/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona
- Administración concursal
- D
Cronología del expediente
- Otro acto concursal17/03/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 67/2014Auto 12/02/2014
Edicto. Don José Maria Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 67/2014 CJ, en el que se ha dictado, con fecha 12 de febrero de 2014, auto declarando en estado de concurso a la entidad Chapala 15, S.L., con CIF B61580221 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Nig del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2014 - 8000454 Tipo de concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso Concursada: Chapala, 15, S.L., con domicilio en Barcelona, calle Trafalgar, 23, bajos. Administrador concursal: D. Borja Pardo Ibáñez, con domicilio en Barcelona (08006), Travesera de Gracia, 68-70, 1º 1ª, y con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Dado en Barcelona a, 19 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial, José Maria Valls Soriano.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.