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Concurso de acreedores
CHAO BORDELL SL EN LIQUIDACION
CIF B49167430Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 7 — 22/12/2020 → 24/11/2021
- Procedimiento
- 402/2020 · 03/2021
- Juzgado
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ZAMORA · PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 2
Cronología del expediente
- Otro acto concursal24/11/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ZAMORA Proc. 402/2020Auto 13/07/2021
Auto de aprobación del plan de liquidación
- Otro acto concursal22/07/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ZAMORA Proc. 402/2020Auto 02/03/2021
Resolución sobre las facultades de administración
- Apertura de liquidación22/07/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ZAMORA Proc. 402/2020Juez : Amagoia Serrano BarrientosAuto 02/03/2021
PRESENTACION DEL INVENTARIO DE BIENES Y DE LA MASA ACTIVA POR LA AC
- Declaración de concurso22/07/2021⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ZAMORA Proc. 402/2020Juez : Amagoia Serrano BarrientosAuto 02/03/2021
RESOLUCION QUE TRASLADA EL PLAN DE LIQUIDACION PRESENTADO POR LA ADMINISTRACION CONCURSAL
- Declaración de concurso16/03/2021⚖️ PRIMERA INSTANCIA/INSTRUCCIÓN/MERCANTIL - 2Proc. 402/2020Juez : MARIA BELEN IGLESIAS REFOYOAuto 05/03/2021
AUTO DECLARACION DE CONCURSO VOLUNTARIO Y DE APERTURA DE LA FASE DE LIQUIDACION. SE HA ACORDADO LA DISOLUCION DE CHAO BORDELL SL Y CESE DE ADMINISTRADORES QUE SERAN SUSTITUIDOS POR LA ADMINISTRACION CONCURSAL...
- Declaración de concurso15/03/2021⚖️ ZAMORAProc. 03/2021Auto 05/03/2021
Doña María Belén Iglesias Refoyo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 y Mercantil de Zamora, Por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000402 /2020 y NIG n.º 49275 41 1 2020 0002850, se ha dictado en fecha 02/03/2021 Auto de Declaración de Concurso Voluntario y de Apertura de la Fase de Liquidación del deudor Chao Bordell, S.L., con C.I.F. n.º B49167430, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Zamora. 2º.- Se ha acordado la disolución de Chao Bordell, S.L. y el cese de los Administradores o Liquidadores que serán sustituidos por la Administración Concursal. 3º.- Se ha designado, como Administración Concursal a D. Miguel Rodrigo Moralejo, con domicilio postal en calle Ronda La Feria n.º 2, 2.º A – 49005 Zamora y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 255 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado». 5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/ 6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (Artículo 512 del Texto Refundido de la Ley Concursal). Se hace saber que los trabajadores podrán comparecer en la forma prevista en la Ley de Procedimiento Laboral, incluidas las facultades atribuidas a los graduados sociales y a los sindicatos y de las Administraciones públicas en la normativa procesal específica (Artículo 513 del Texto Refundido de la Ley Concursal). Zamora, 5 de marzo de 2021.- La Letrado de la Administración de Justicia, María Belén Iglesias Refoyo.
- Otro acto concursal22/12/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 2 DE ZAMORA Proc. 402/2020Juez : Florencio Molina LópezAuto 02/03/2021
AUTO APROBANDO PLAN LIQUIDACION Y APERTURA SEC.6ª DE CALIFICACION
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.