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Concurso de acreedores

CFER SIGLO XXI, SOCIEDAD LIMITADA

CIF B84308162Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
420/04/201330/04/2019
Procedimiento
432/2012
Juzgado
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso30/04/2019
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL Proc. 432/2012Auto 19/03/2019

    Auto de conclusión de concurso

  2. Otro acto concursal04/04/2019
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 4 DE CIUDAD REAL Proc. 432/2012Juez : MARIA SALOME MARTINEZ BOUZASAuto 19/03/2019

    PRESENTACION TEXTOS DEFINITIVOS POR LA ADMINISTRACION CONCURSAL

  3. Otro acto concursal26/03/2019
    ⚖️ CIUDAD REALProc. 432/2012Auto 21/03/2019

    Don José Manuel Torres Braos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 432/2012, seguido frente a la mercantil, CFER SIGLO XXI, S.L., CIF B-84308162 y domicilio en Miguelturra (Ciudad Real), por auto de fecha 19/03/2019 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de bienes. 2º.- Se acuerda el cese definitivo del Administrador Concursal don Ramón Botella Manchón, con aprobación de las cuentas presentadas. 3º.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, sin que proceda la extinción de la mercantil. 4º.- Se acuerda la cancelación de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, procediendo la extinción de la mercantil, así como el cierre de su hoja registral. 5º.- La concursada quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares. Ciudad Real, 21 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José Manuel Torres Braos.

  4. Declaración de concurso20/04/2013
    ⚖️ CIUDAD REALProc. 432/2012Auto 08/04/2013

    Don Rafael Villar Herrera, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, por el presente hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 432/2012 y NIG n.º 13034 41 1 2012 0006602, se ha dictado en fecha 8 de abril de 2013 auto de declaración de concurso voluntario de la deudora Cfer Siglo XXI, S.L., con CIF B-84308162, cuyo centro de intereses principales y domicilio social lo tiene en Miguelturra (Ciudad Real), c/ Ciudad Real, número 23. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la deudora. Se ha designado, como administración concursal a don Ramón Botella Machón, con domicilio postal en calle Ventura Rodríguez, n.º 3-4.º Izq., en CP. 28008 Madrid, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de quince días, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º La Administración Concursal, con una antelación mínima de cinco días previos a la presentación del informe al juez, dirigirá comunicación electrónica a los acreedores de los que conste su dirección electrónica, informándoles del proyecto de inventario y de la lista de acreedores. Éstos a su vez podrán solicitar a la Administración Concursal, igualmente por medios electrónicos y hasta los tres días anteriores a la presentación del informe al Juez, que se rectifique cualquier error o que se complementen los datos comunicados (art. 95.1 L.C.). 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 15 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.