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Concurso de acreedores

CERATILE 2013 SL

CIF B12917902Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 16/07/2015 → 12/05/2022
Procedimiento
94/2015
Juzgado
Mercantil - 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso12/05/2022
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 94/2015Juez : MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYAAuto 02/05/2022

    PUBLICACION DEL AUTO

  2. Apertura de liquidación30/01/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 94/2015Juez : ANTONIO PEDREIRA GONZALEZAuto 23/01/2020

    APERTURA DE LA FASE DE LIQUIDACION

  3. Otro acto concursal16/07/2015
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAAuto 03/07/2015

    Edicto. Doña NIEVES PEREZ IBAÑEZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. Uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, HAGO SABER: PRIMERO: Que por Auto de fecha 01/07/15, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, n.º 000094/2015, N.I.G. n.º 12040-66-2-2015-0000113, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor CERATILE 2013, S.L., domiciliado en el polígono Industrial "Les Foyes", s/n, Lucena del Cid y CIF número B12917902. SEGUNDO: Que se ha determinado el régimen de INTERVENCIÓN de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. TERCERO: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a don ADOLFO RAFAEL LÓPEZ ESTEBARANZ, con domicilio en calle Enmedio, n.º 9-4.º B y dirección electrónica: [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. CUARTO: Que el plazo pará comunicar los créditos a la Administración Concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". QUINTO: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellon, 3 de julio de 2015.- La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.