Inicio›Justicia›CENTRO INMOBILIARIO RYC SL EN LIQUIDACION
Concurso de acreedores
CENTRO INMOBILIARIO RYC SL EN LIQUIDACION
CIF B48936140Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 14/08/2013 → 24/02/2022
- Procedimiento
- 324/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID · JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal24/02/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 324/2013Juez : ANGELA SANZ RUBIOAuto 27/01/2022
Comunicación inicio negociaciones
- Otro acto concursal24/02/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 324/2013Juez : JUAN JOSE HURTADO YELOAuto 27/01/2022
INFORME PROVISIONAL
- Otro acto concursal10/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Proc. 324/2013Juez : CARMELO ORDOÑEZ FERNANDEZAuto 10/09/2015
fijar con carácter provisional, y como retribución de la Administración Concursal por la fase común la cantidad de 3.412,87 euros, más el IVA correspondiente al 21% (716,70 euros) lo que hace un total de 4.129,57 euros.
- Otro acto concursal10/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 1 Proc. 324/2013Auto 10/09/2015
Cese de Administrador concursal
- Apertura de liquidación10/07/2014⚖️ MADRIDProc. 324/2013Auto 27/06/2014
Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 324/2013, referente al concursado CENTRO INMOBILIARIO RYC, S.L., con CIF B-48936140, por auto de fecha 09/06/2014 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.- El cese de sus Administradores que serán sustituidos por la Administración Concursal. 4.- El presente anuncio se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita, al amparo del RDL 3/09, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal. Madrid, 27 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal14/08/2013⚖️ MADRIDProc. 324/2013Auto 30/07/2013
Edicto Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 324/2013, por auto de fecha 28/06/2013, se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Centro Inmobiliario RYC, S.L., con CIF: B-48936140, cuyo centro principal de intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador Concursal D. Luis Perez Gil, con domicilio en C/ Genova, núm. 3, 2.ª planta, de Madrid o comunicarse por correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected] 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" de forma gratuita, indicando que el Registro Público concursal no está desarrollado reglamentariamente. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 30 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.