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Concurso de acreedores
CENTRO ESPAÑOL DE CONTROL DE ESTRES SLP
CIF B81739393Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 14/03/2013 → 15/06/2017
- Procedimiento
- 414/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso15/06/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridProc. 414/2012Auto 30/05/2017
Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 414/2012, por auto de 30 de mayo de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor Centro Español de Control de Estrés, S.L.P., con CIF B-81739393. 2.- Se ha acordado la extinción de la entidad con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los Registros públicos correspondientes. 3.- Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador concursal. Madrid, 30 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid.
- Otro acto concursal14/03/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridAuto 04/03/2013
Edicto Doña Verónica Calvo Moreno, Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 414/12 referente al deudor Centro Español de Control de Estrés, S.L.P., con CIF n.º B-81739393 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Madrid, 4 de marzo de 2013.- La Secretaria Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.