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Concurso de acreedores

Centro Comercial Comarca del Mármol, S.L

CIF B04653363Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
106/02/201706/02/2017
Procedimiento
472/2016

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso06/02/2017
    ⚖️ MURCIAProc. 472/2016Auto 18/01/2017

    Edicto Dª.Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado Mercantil nº 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración de concurso 472/2016 y NIG 300030 47 12016 0001060 se ha dictado en fecha 15/12/16 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Centro Comercial Comarca del Mármol, S.L., con CIF. B-046533630, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Antonio Rocamora, 15, 30100 Murcia. 2º.- Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Ha sido nombrado Administrador Concursal Abogados y Economistas Garcia Bernal, S.l.P., designando como domicilio postal para la remisión de créditos sito en Calle Gran Via Escultor Salzillo, nº 16, 3º D Murcia, tlf. 968902800 y cuenta de correo electrónico [email protected]. para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose acordado de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal. 6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. En Murcia, a, 18 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.