Inicio›Justicia›CENTRAL DE COMPRAS SENADOR SOCIEDAD LIMITADA
Concurso de acreedores
CENTRAL DE COMPRAS SENADOR SOCIEDAD LIMITADA
CIF B91932145Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 27/10/2012 → 30/05/2019
- Procedimiento
- 326/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil 1 de Sevilla
Cronología del expediente
- Otro acto concursal30/05/2019⚖️ SEVILLAAuto 27/05/2019
El Juzgado Mercantil 1 de Sevilla, en cumplimiento del art. 23 de la Ley concursal, anuncia: La conclusión del proceso concursal de CENTRAL DE COMPRAS SENADOR, S.L., CIF B-91932145 llevado en este mismo juzgado con el nº 326/12-H. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la AC. La declaración de extinción de la sociedad Central de Compras Senador, S.L., CIF B-91932145 y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Sevilla, 27 de mayo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.
- Otro acto concursal27/10/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil 1 de SevillaProc. 326/2012Auto 17/10/2012
Doña Juana Galvez Muñoz, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil 1 de Sevilla, certifica: 1.- Que en el procedimiento número 326/2012, con NIG 4109142M20120000775, por auto de 19/07/12 se ha declarado en concurso necesario al deudor Central de Compras Senador, SL, con CIF B-91932145. 2.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir directamente a la administración concursal (D. Manuel Seco Gordillo, abogado, Avda. San Francisco Javier, 9, edif. Sevilla 2, planta I, módulo I de 41018 Sevilla, teléfono 954 656 469, fax 954 654 619 y dirección de correo electrónico [email protected]) la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de L.C. El plazo de esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 17 de octubre de 2012.- El/la Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.