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Concurso de acreedores
CENTER PAPERING SA
CIF A58570276Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 06/08/2015 → 20/12/2022
- Procedimiento
- 507/2015
- Juzgado
- MERCANTIL - 10
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso20/12/2022⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 507/2015Juez : Ignacio Fernandez de SenespledaAuto 16/12/2022
Ver edicto
- Declaración de concurso06/08/2015⚖️ BARCELONAProc. 507/2015Auto 14/07/2015
Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso. Maria José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 507/2015-C. Tipo de concurso.- Concurso Voluntario y Abreviado. Entidad instante del concurso y CIF.- Center Papering, S.A., con CIF n.º A58570276 y domicilio en Olesa de Montserrat (Barcelona), calle Les Planes, s/n. Fecha del auto de declaración.- 14-7-2015. Administradores concursales.- Convenia Profesional, S.L.P., con domicilio en Barcelona, Travessera de Gràcia n.º 71, 5.º 2.ª, Teléfono n.º 934147447, fax n.º 932009562 y dirección electrónica: [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 14 de julio de 2015.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.