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Concurso de acreedores
CEMENTOS OZORES SL
CIF B36060150Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 29/12/2014 → 13/01/2021
- Procedimiento
- 354/2014
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso13/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 354/2014Juez : DOÑA CRISTINA MARTINEZ GARCÍAAuto 18/11/2020
Se tiene por recibida oferta de Don Alberto Blanco Valladares y de Doña Raquel Rodríguez Rozas, para la compra de la finca n.44537, correspondiente a la vivienda 3º C, sita en C/Nuno Eanes de Cercio n.43-45, Lalín (Pontevedra)
- Otro acto concursal22/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 354/2014Juez : GUILLERMO FERNANDEZ GARCIAAuto 18/11/2020
SE DECLARA CONCURSO NECESARIO
- Declaración de concurso29/12/2014⚖️ PONTEVEDRAProc. 354/2014Auto 09/12/2014
D. JOSÉ LUIS GUTIÉRREZ MARTÍN, Secretario Judicial de Xulgado Mercantil núm.1 de Pontevedra, por el presente hago saber: 1.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 354/2014 y NIG 36038 47 1 2014 0000568 se ha dictado en fecha 01.12.14 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor CEMENTOS OZORES, S.L., con CIF B-36.060.150, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avda. de Brasil, 14, Goián, Tomiño (Pontevedra). 2.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal al economista MANUEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, con domicilio postal en c/ Colón, 37. 4.º A, 36201 Vigo, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.- Indicar que las personas legitimadas, conforme a la Ley Concursal, para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado, a salvo lo que dispone la Ley de Procedimiento Laboral para la representación y defensa de los trabajadores. Pontevedra, 9 de diciembre de 2014.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.