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Concurso de acreedores

CELESTINO ABREU E HIJOS SL

CIF B36156818Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
430/06/202007/03/2022
Procedimiento
92/2020
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso07/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 92/2020Juez : MARIA JOSE ROIG SAPIÑAAuto 28/12/2021

    PROVIDENCIA PRESENTADO INFORME ADMINISTRADO CONCURSAL

  2. Otro acto concursal21/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 92/2020Juez : JUAN CARLOS PICAZO MENÉNDEZAuto 28/12/2021

    PRESENTACIÓN DE INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL, PLAZO DE 10 DÍAS PARA PRESENTAR IMPUGNACIONES

  3. Apertura de liquidación21/07/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de PontevedraAuto 13/07/2020

    EDICTO Don Jose Luis Gutiérrez Martin, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, ANUNCIA Que en el CNA 92/20, referente al concursado CELESTINO ABREU E HIJOS, S.L., por auto de fecha 9/7/20, se ha acordado lo siguiente: 1.-Abrir la fase de liquidación del presente concurso, formándose con testimonio de la presente la Sección Quinta, de liquidación, del mismo; no obstante continuarse la tramitación de la Sección Primera. 2.-Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 3.-Disolver la entidad concursada, Celestino Abreu e Hijos, S.L., con CIF B36156818, y cesar a sus administradores sociales, que son sustituidos por la Administración concursal. 4.-Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. 5.-Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal si estuviere operativo, y el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC). 6.-Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos (artículos 24 y 144 de la LC). 7.-Que en el plazo de QUINCE DÍAS computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. Pontevedra, 13 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martin.

  4. Declaración de concurso30/06/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de PontevedraAuto 22/05/2020

    EDICTO Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pontevedra, por el presente, HAGO SABER: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 92/20 y NIG nº 36038 47 1 2020 0000169 se ha dictado en fecha 22 de mayo de 2020 auto de declaración de concurso voluntario del deudor CELESTINO ABREU E HIJOS, S.L., con CIF B36156818, cuyo centro de intereses principales lo tiene en avenida de Lugo 103, Pontevedra. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a don Manuel Sánchez Rodríguez, con domicilio postal en calle Colón 37, 4º A, 36201 de Vigo y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es Pontevedra, 22 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.