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Concurso de acreedores

CEDECO 2001, S.L., con número de

CIF B62483441Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
215/10/201015/02/2016
Procedimiento
287/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso15/02/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaProc. 287/2010Auto 22/01/2016

    Don Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en el Concurso 287/2010 que se tramita en este Juzgado siendo la concursada CEDECO 2001, S.L., con número de C.I.F. B-62483441 y domicilio en Vilanova i la Geltrú c/ Les Roquetes 13-15 se ha dictado con fecha 20-01-2016, auto firme dictado por el Magistrado D. Raúl N. García Orejudo cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Acuerdo la conclusión del concurso de la entidad CEDECO 2001, S.L., cesando todos los efectos de la declaración del concurso. Cese en su cargo el administrador concursal, aprobándose las cuentas formuladas. Se acuerda la extinción de la persona jurídica y el cierre de su hoja de inscripción del Registro Mercantil. Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil, al que se adjuntará testimonio de esta resolución con expresión de su firmeza, a fin de que proceda a las inscripciones correspondientes." Y para que sirva de inscripción en el BOE, extiendo la presente. Barcelona, 22 de enero de 2016.- Letrado Judicial.

  2. Otro acto concursal15/10/2010
    ⚖️ BARCELONAProc. 287/2010Auto 14/07/2010

    Doña Pilar Vives Requena, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil nº 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el Concurso 287/2010 en el que se ha dictado con fecha 9/7/2010 auto declarando en estado de concurso voluntario abreviado a la empresa Cedeco 2001, S.L., con NIF B-62-483441 y domicilio en calle Les Roquetes, 13-15, de Vilanova i la Geltrú, con sus facultades intervenidas. Plazo para la comunicación de créditos: Quince días a partir de la publicación del presente edicto en el BOE. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. La comunicación de los créditos y la personación deberá realizarse ante la Unidad de Apoyo Concursal sita en Gran Via Corts Catalanes, 111 Edif. C 13ª planta 08014 Barcelona. Barcelona, 14 de julio de 2010.- Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.