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Concurso de acreedores

CASTIRO SL

CIF B15404445Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
6 — 21/06/2016 → 14/12/2022
Procedimiento
111/2016 · 111/2016-B
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA · Mercantil - 1 · JDO. de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal14/12/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 111/2016Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 20/10/2021

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Otro acto concursal14/12/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 111/2016Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 20/10/2021

    Cese de Administrador concursal

  3. Conclusión del concurso14/12/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 111/2016Juez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 20/10/2021

    Auto de conclusión de concurso

  4. Conclusión del concurso01/12/2022
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 111/2016-BJuez : Víctor López SánchezAuto 20/10/2022

    CONCLUSION Y ARCHIVO DEL PROCEDIMIENTO CONCURSAL

  5. Apertura de liquidación10/04/2017
    ⚖️ JDO. de lo Mercantil n.º 1 de A CoruñaProc. 111/2016Auto 08/02/2017

    EDICTO D. Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del JDO. de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial de concurso abreviado 111/2016 se ha dictado en fecha 8 de febrero de 2017 se ha dictado Decreto de apertura de la fase de liquidación del deudor "CASTIRO, S.L.", con CIF B-15404445, cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Coruña. Y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: 1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor CASTIRO SL. 2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de Administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley. 4. -Se declara disuelta la concursada CASTIRO SL, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial, en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. 6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. 7.- Requerir a la Administración concursal para que en el plazo improrrogable de 10 días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. 8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de revisión en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente de su notificación, mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos sin que, en ningún caso, proceda actuar en sentido contrario a lo que se hubiese resuelto (art. 454.bis L.E.C.). Para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido un depósito de 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano judicial, con el nº 2225 de la entidad GRUPO SANTANDER. Salvo que el recurrente sea: beneficiario de Justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u Organismo Autónomo dependiente. Así lo acuerdo y firmo. Doy fe." Y para que conste y sirva de notificación de la apertura de la fase de liquidación a todos los interesados, expido y firmo el presente en A Coruña, 24 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  6. Declaración de concurso21/06/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A CoruñaProc. 111/2016Auto 15/04/2016

    Edicto Don FERNANDO SANTISO VÁZQUEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial de Concurso Abreviado 111/2016 y NIG n.º 1503047120150000864 se ha dictado en fecha 15 de abril de 2016 Auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor "CASTIRO, S.L.", con CIF B-15404445, cuyo centro de intereses principales lo tiene en A Coruña. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración Concursal a Torres Díaz, Sanjurjo y Barral, S.L., y que designa a doña Pilar Cortizo Mella, con domicilio postal en C/ Federico Tapia, 7, 1.º A Coruña, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es A Coruña, 15 de abril de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.