InicioJusticiaCARTHAGO DOLCE, SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

CARTHAGO DOLCE, SOCIEDAD LIMITADA

CIF B30868111Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
224/05/201413/11/2014
Procedimiento
74/2014 · 2014/0000
Juzgado
Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal13/11/2014
    ⚖️ MURCIAProc. 74/2014Auto 30/10/2014

    Edicto Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número uno de Murcia, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número concurso 74/2014 se ha dictado el Veintisiete de Octubre de dos mil Catorce auto 318/2014 de archivo del concurso de Cartago Doce, S.L., con CIF B-30868111. Y para que se lleve a efecto la publicidad prevista en el artículo 177 en relación con el Art. 23 de la Ley Concursal, se extiende la presente, doy fe. Murcia, 30 de octubre de 2014.- La Secretaria.

  2. Declaración de concurso24/05/2014
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 2014/0000Auto 06/05/2014

    Edicto. Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial de Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 0000074/2014 y NIG nº 30030 47 1 2014/0000148, se ha dictado en fecha 24/03/2014, Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Carthago Dolce, Sl, con Cif n.º B-30868111, domicilio en C/ Peroniño, n.º 50, Barrio de la Concepción, 30205 Cartagena (Murcia) 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de los deudores por la administración concursal nombrada, las que serán sometidas a su autorización y conformidad. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá comunicarse a la administración concursal que luego se dirá directamente y en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (Art. 184.3 Ley Concursal) 5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.oficinajudicialmurcia.es 6º.- Se pone en su conocimiento que ha sido nombrado Administrador Concursal la mercantil Acose Asesores, Sl, con Cif n.º B-73779035 y domicilio social en Plaza de Carlos III, Edf. Wellington n.º 1. Entlo. D, 30008 (Murcia), teléfono 968242793, Fax 968202244 y email [email protected] el que en virtud del artículo 30 de la LC ha sido designado como profesional para su representación el economista D. Antonio Serrano Martínez con DNI n.º 22.422.512-L, el que ha aceptado el cargo en fecha 30/04/2014. Murcia, 6 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.