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Concurso de acreedores
CARRERA Y CARRERA SA
CIF A28583490Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 06/10/2018 → 15/12/2025
- Procedimiento
- 928/2018
- Juzgado
- MERCANTIL DE MADRID Nº 006 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso15/12/2025⚖️ MERCANTIL DE MADRID Nº 006Proc. 928/2018Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTÍNAuto 30/10/2025
1.- CONCLUSION DEL CONCURSO y ARCHIVO 3.- CESE AC. 4.-aprueba rendición de cuentas 5.- extinción concursada
- Otro acto concursal05/11/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 928/2018Juez : maria del carmen villellas sanchoAuto 30/10/2025
obtencion adhesiones propuesta anticipada convenio alcanzar acuerdo de refinanciacion
- Conclusión del concurso05/11/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 928/2018Juez : SANTIAGO ARAGONÉS SEIJOAuto 30/10/2025
AUTO DECLARACIÓN
- Conclusión del concurso04/11/2025⚖️ MERCANTIL DE MADRID Nº 006Proc. 928/2018Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTÍNAuto 30/10/2025
DECLARO LA CONCLUSION DEL CONCURSO Declaro el CESE de las limitaciones de las facultades de administración y disposición Declaro el CESE de la administración concursal. Se aprueba la rendición de cuentas Se acuerda la extinción del deudor
- Conclusión del concurso31/10/2025⚖️ MERCANTIL DE MADRID Nº 006Proc. 928/2018Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 30/10/2025
Auto de conclusión y archivo
- Otro acto concursal06/10/2018⚖️ MADRIDProc. 928/2018Auto 28/09/2018
Edicto. Doña María Jesús Palmero Sandin, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) ANUNCIA: 1º.- Que en el procedimiento número 928/2018, por auto de 28 de septiembre de 2018, se ha declarado en concurso voluntario al deudor CARRERA Y CARRERA, S.A. con CIF A-28583490, con domicilio en la Zona Industrial Sur, Carretera Nacional 1, Km 31,500, San Agustín de Guadalix, Madrid. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la Administración Concursal que es el siguiente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado: D.ª Cristina Asensio Pascual con domicilio sito en calle Génova, n.º 17, 4.º B, 28004 de Madrid y correo electrónico: [email protected]. 4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC) Madrid, 28 de septiembre de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.