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Concurso de acreedores
CARPINTERIA GASPAR SA
CIF A08571887Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 06/03/2013 → 06/03/2013
- Procedimiento
- 43/2013
Cronología del expediente
- Otro acto concursal06/03/2013⚖️ BARCELONAProc. 43/2013Auto 14/02/2013
El Secretario Judicial, don José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil nº 6 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 43/2013 se ha declarado, mediante auto de fecha 14 de febrero de 2013, el concurso voluntario de Carpintería Gaspar, S.A. (comercialmente conocida como Fustería Gaspar) con N.I.F. A-08571887 y domicilio en Paratge La Creueta, Barri Nord 8, de Arenys de Munt ( Barcelona), en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D/Dª Jordi Barquin de Cozar Roura por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en C/.Tavern, n.º 11, entlo 3.ª, de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal [email protected] en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el B.O.E. del presente edicto. El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles. Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. En Barcelona,, 14 de febrero de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.