InicioJusticiaCARPIDEA, S.A

Concurso de acreedores

CARPIDEA, S.A

CIF A28813715Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
231/07/201326/02/2020
Procedimiento
273/2013
Juzgado
Juzgado de lo mercantil n.º 3 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid anuncia: 1º

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal26/02/2020
    ⚖️ Juzgado de lo mercantil n.º 3 de MadridProc. 273/2013Auto 17/02/2020

    EDICTO Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 273/2013, referente al deudor CARPIDEA, S.A., con CIF: A28813715, por sentencia de 14/02/20 se ha acordado la conclusión y archivo del mismo por término de la liquidación conforme al artículo 152.2 de la Ley Concursal. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3.º Tratándose, en este caso, de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 17 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.

  2. Otro acto concursal31/07/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid anuncia: 1ºAuto 02/07/2013

    D. Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 273/13 se ha dictado auto por el Juez D. Jesús Alemany Eguidazu, de fecha 2 de julio de 2013 declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Carpidea, S.A., con CIF A28813715, con N.I.G. 28079100031902013 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. - La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal D. Ángel Villaverde Sánchez-Covisa, en Calle Velázquez, 78, 3º, 28001 Madrid, con correo electrónico [email protected] - No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.) Madrid, 8 de julio de 2013.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.