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Concurso de acreedores

CANRASO AUTOMOCION SL

CIF B31889850Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
428/12/201908/02/2021
Procedimiento
0000575/2019 · 575/2019
Juzgado
MERCANTIL - 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso08/02/2021
    ⚖️ PAMPLONAAuto 02/02/2021

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000575/2019 referente al concursado CANRASO AUTOMOCIÓN, S.L. con CIF B31889850, con domicilio en calle Donantes, 19 de 31500 Tudela por auto de fecha 2 de febrero de 2021 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice asi: 1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad CANRASO AUTOMOCIÓN, S.L. con CIF B31889850 y archivo del presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración del concurso sin perjuicio de su posible reapertura. 2º.- Se acuerda el cese en su cargo del Administrador Concursal y se declaran aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración Concursal. Conforme a lo dispuesto en art. 479.6 TRLC llévese testimonio de la presente resolución a la Sección 2ª. 3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al Tomo: 1257; Folio: 34; Hoja: NA-25037. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución. 4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva. 5º.- Dese publicidad a la presente resolución mediante publicación en el RPC y en el tablón de anuncios de este Juzgado. 6º.- Remítase esta resolución al «Boletín Oficial del Estado» para que sea publicada a la mayor brevedad en virtud del art 482 del TRLC. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor. Entréguense los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión. Comuníquese a cada uno de los Juzgados de Primera Instancia y de lo Social de Pamplona y al Juzgado Decano de Tudela para que lo ponga en conocimiento de cada uno de los Juzgados de Primera Instancia de Tudela, a fin de poner en su conocimiento la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes del TRLC. RECURSO. - Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art. 481.1 TRLC). Pamplona/Iruña, 2 de febrero de 2021.- El/la Letrado de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

  2. Conclusión del concurso03/02/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 0000575/2019Juez : SANDRA VAZQUEZ CALATAYUDAuto 02/02/2021

    SE ACUERDA LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO DE ACREEDORES Y SE DECLARAN APROBADAS LAS CUENTAS RENDIDAS POR LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

  3. Otro acto concursal21/02/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 575/2019Juez : SANDRA VAZQUEZ CALATAYUDAuto 19/02/2020

    APROBACIÓN DEL PLAN DE LIQUIDACIÓN

  4. Apertura de liquidación28/12/2019
    ⚖️ PAMPLONAAuto 13/12/2019

    El Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia: 1.°- Que en el concursal - Sección 1.ª (General) número 0000575/2019, NIG 3120147120190000543, por auto de 9 de diciembre de2019, rectificado por auto de 13 de diciembre de 2019, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor CANRASO AUTOMOCION, S.L., con CIF B31889850 y domicilio en Tudela, en la calle Donantes, núm. 19 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Tudela. 2.°- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.° - Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el articulo 85.3 de la LC. La administración concursal esta integrada por Economistas y Abogados Concursales, S.L., con domicilio postal en calle Paulino Caballero/Paulino Kalea, 6-7.º, 31002 de Pamplona/Iruña y dirección electrónica: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el boletín oficial del estado del auto de la declaración del concurso. 4.°- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.°- Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación. Pamplona, 17 de diciembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.