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Concurso de acreedores

CANISA RESIDENCIAL SL

CIF B85679363Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
219/03/201318/02/2014
Procedimiento
38/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal18/02/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridAuto 24/01/2014

    Edicto Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario abreviado 731/12 de la entidad CANISA RESIDENCIAL, S.L., con C.I.F.: B-85679363, en el que recayó Auto de fecha 24 de enero de 2014, dictado por el Magistrado don Javier García Marrero, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se aprueba la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal en el concurso de CANISA RESIDENCIAL, S.L., y en consecuencia acuerdo la conclusión del presente procedimiento." "Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada." "Se dispone la extinción y cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda." Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente en el lugar y fecha expresados. Madrid, 24 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

  2. Otro acto concursal19/03/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridProc. 38/2011Auto 05/03/2012

    Edicto Doña M. C. Sanz, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 731/12, en el que recayó Auto de fecha 5 de marzo de 2012, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en Concurso Voluntario Abreviado a Canisa Residencial, S.L., con C.I.F. B-85679363." "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor". "Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal don José Miguel Igualada Belchi, mediante comunicación por correo postal a la Calle Velázquez, 109, 7.º Izquierda, 28006, Madrid, o por correo electrónico a [email protected], la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado". Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 5 de marzo de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.