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Concurso de acreedores

CANDELARIA DOCE SL

CIF B84319607Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
301/10/201208/02/2020
Procedimiento
459/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid · MERCANTIL - 9
Administración concursal
Don Antonio Ballester Sánchez

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal08/02/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 9 de MadridProc. 459/2012Auto 28/01/2020

    EDICTO Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 459/2012 por auto de fecha 28 de enero de 2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa, de la mercantil Candelaria Doce, S.L., CIF: B84319607. 2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 28 de enero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Gustavo Adolfo Carasa Antón.

  2. Conclusión del concurso04/02/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 9Proc. 459/2012Juez : TERESA VAZQUEZ PIZARROAuto 28/01/2020

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  3. Otro acto concursal01/10/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de MadridAuto 19/09/2012

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que conforme a lo acordado por auto de fecha 17/09/12, en autos 459/12, se ha declarado en Concurso Voluntario Abreviado al deudor: CANDELARIA DOCE, S.L., con domicilio en calle Pablo Picasso, n.º 8, Fuente el Saz del Jarama (Madrid) y con CIF B84319607. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometidos en el ejercicio de estas facultades a la intervención de la Administración Concursal mediante autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4.º Administrador Concursal: Don Antonio Ballester Sánchez. Calle Velázquez, 53, 2.º izquierda. 28001 Madrid. Teléfono: 963394753. Email: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la presente publicación. Madrid, 19 de septiembre de 2012.- La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.