Inicio›Justicia›CANARIAS CUCUS SLU
Concurso de acreedores
CANARIAS CUCUS SLU
CIF B38449328Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 10/10/2022 → 06/07/2026
- Procedimiento
- 563/2025
- Juzgado
- SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE N.º 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFE · MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Nº 001
Cronología del expediente
- Otro acto concursal06/07/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE N.º 1Proc. 563/2025Juez : NESTOR PADILLA DIAZAuto 15/06/2026
ACUERDO poner de manifiesto enla Oficina Judicial el informe de conclusión del concurso y la rendición de cuentaspresentados por la administración concursal por plazo de QUINCE DÍAS
- Otro acto concursal02/01/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 563/2025Juez : LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA LAJAuto 24/10/2025
Adjunto remito Edicto de puesta de manifiesto del plan de liquidación para su publicación
- Otro acto concursal02/01/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 563/2025Juez : María del Cármen Rodríguez ValienteAuto 12/11/2025
Declarar a D. Pablo Galán Altolaguirre en situación de concurso consecutivo y apertura fase de liquidación con suspensi´n de facultades de administración y patrimonio.
- Declaración de concurso02/01/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 563/2025Juez : MARIA EUGENIA GOZALBO SERERAuto 24/10/2025
DECLARAR EL CONCURSO CONSECUTIVO DE D.ANTONIO GARCIA PACHECO
- Declaración de concurso24/11/2025⚖️ MERCANTIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Nº 001Proc. 563/2025Juez : NESTOR PADILLA DIAZAuto 24/10/2025
Se declara el concurso de CANARIAS CUSCUS SLU con CIF nº B38449328 el que se tramitará por el procedimiento ordinario.
- Apertura de liquidación10/10/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE SANTA CRUZ DE TENERIFEProc. 563/2025Juez : MOISES GUILLAMON RUIZAuto 24/10/2025
Se declara la conclusión del procedimiento concursal 407/2012. Se declara el archivo del procedimiento. Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de admón. y disposición del deudor. Declaran su extinión
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.