Concurso de acreedores
CANAL WEB SL
CIF B86455714Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 13/12/2016 → 22/03/2017
- Procedimiento
- 671/2016
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso22/03/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridProc. 671/2016Auto 07/03/2017
Edicto D. Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 671/2016 por auto de 7 de marzo de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor Canal Web, S.L. con C.I.F. B86455714. 2.º Se ha acordado la extinción de la entidad con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los Registros públicos correspondientes. 3.º Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador Concursal. Madrid, 7 de marzo de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid.
- Otro acto concursal13/12/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridProc. 671/2016Auto 24/11/2016
Edicto D.ª Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 671/2016, por auto de 24 de noviembre de 2016 se ha declarado en concurso voluntario abreviado, con apertura de la lliquidación al deudor Canal Web, S.L., CIF n.º B-86455714, con domicilio en Madrid, calle Villa de Marín, n.º 24. 2.º Que el deudor ha sido suspendido de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 LC. Los datos de la administración concursal son los siguientes: Forum Cívitas 3000, S.L.P., con despacho profesional en Barcelona, calle Pau Claris, n.º 157, 4.º, 1.ª, 08037, teléfono 932159038, dirección electrónica [email protected] fax 932155039. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 24 de noviembre de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.