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Concurso de acreedores
CAMPO DE ARCAS PIZARRAS SA
CIF A32004889Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 05/12/2015 → 05/12/2023
- Procedimiento
- 2288/2015
- Juzgado
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 8 DE LEÓN · Primera Instancia - 8
Cronología del expediente
- Otro acto concursal05/12/2023⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 8 DE LEÓN Proc. 2288/2015Auto 19/09/2023
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal05/12/2023⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 8 DE LEÓN Proc. 2288/2015Auto 19/09/2023
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso05/12/2023⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 8 DE LEÓN Proc. 2288/2015Auto 19/09/2023
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso25/09/2023⚖️ Primera Instancia - 8Proc. 2288/2015Juez : HERIBERTO JIMENO ALVAREZAuto 19/09/2023
EDICTO ACUERDA LA CONCLUSION DEL CONSURSO Y ARCHIVO DEL MISMO POR FINALIZACION DE LA LIQUIDACION Y LA EXTINCION DE LA MERCANTIL
- Otro acto concursal18/07/2023⚖️ Primera Instancia - 8Proc. 2288/2015Juez : HERIBERTO JIMENO ALVAREZAuto 04/07/2023
RENDICION DE CUENTAS
- Declaración de concurso05/12/2015⚖️ LEÓNProc. 2288/2015Auto 20/11/2015
Edicto Doña Belén Iglesias Refoyo, Secretaria Judicial de Jdo. 1.ª Instancia n.º 8 y Mercantil de León, por el presente Hago saber: 1º.- Que en Sección I Declaración Concurso 2288/2015 y NIG n.º 24089 42 1 2015 0008718, se ha dictado en fecha 20 de noviembre de 2015 Auto de declaración de concurso necesario ordinario del deudor Campo de Arcas Pizarras, S.A., con CIF n.º A-32004889. 2º.- Las Aadministradoras solidarias de la deudora, cesarán en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo en ellas sustituidas por la administración concursal. 3º.- Se ha designado, como administrador concursal al economista D. Manuel Rodríguez Llanos, mayor de edad, con domicilio profesional en Avenida Pérez Colino, 22, 24402 de Ponferrada, y dirección de correo electrónico [email protected] designada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador asistidos de Letrado, no siendo precisa la intervención de dichos profesionales para la comunicación de créditos. León, 2 de diciembre de 2015.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.