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Concurso de acreedores
CAMAY HOTELES SL
CIF B65235319Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 07/08/2014 → 05/03/2016
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso05/03/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaAuto 29/01/2016
D. Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y Provincia, Hago saber: Que en el Concurso n.º 512/14, seguido de este Juzgado a instancia del Procurador Sra. Marta Pradera Rivero en nombre de Camay Hoteles, S.L. con CIF B-65235319 se ha dictado en fecha auto en fecha de hoy acordando la conclusión del concurso, cesando todos los efectos de la declaración del concurso y la Administración concursal en el ejercicio de su cargo. Barcelona, 29 de enero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal07/08/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaAuto 09/07/2014
Don Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el concurso 512/14-D, en el que se ha dictado con fecha 9 de julio de 2014 auto declarando en estado de concurso voluntario abreviado a la empresa Camay Hoteles, S.L., con CIF B65235319, y domicilio en calle Mallorca, n.º 103, planta baja, de Barcelona, con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador concursal a Jesús Gilabert García en calidad de abogado. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal en avda. Diagonal, n.º 463 bis, 3.º 4.ª, de Barcelona y dirección electrónica: [email protected]. Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Barcelona, 10 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.