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Concurso de acreedores

CALYCANTO CIRCULO DE ASESORES SL

CIF B84136340Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
222/06/201622/05/2019
Procedimiento
226/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal22/05/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 226/2016Auto 10/05/2019

    Edicto Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 226/2016, por auto de fecha 10/05/2019, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso de la mercantil CALYCANTO CIRCULO DE ASESORES, S.L., con CIF B 84136340, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 10 de mayo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, D. Luis Espinosa Navarro.

  2. Otro acto concursal22/06/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 226/2016Auto 04/05/2016

    Edicto Doña María Dolores Sánchez Franco, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 226/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0057976, por auto de fecha 4 de Mayo de 2016, se ha declarado en concurso Voluntario que se tramitará por el procedimiento abreviado, a CALYCANTO CIRCULO DE ASESORES, S.L., con n.º de identificación B84136340, y domiciliado en Calle Laguna del Marquesado nº 8-3º Villaverde-Madrid, cp 28021. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es: ALFONSO MOLINA GUTIERREZ con domicilio en c/orense nº25,4º A-esc dcha, 28020 (Madrid) y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es. madrid, 6 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.