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Concurso de acreedores

CADENA MENTA SA

CIF A58105792Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
215/07/201425/02/2019
Procedimiento
510/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Administración concursal
Don José Manuel Calavia Molinero con

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal25/02/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 510/2014Auto 05/02/2019

    Don Gaspar Caballero Ochoa, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 510/2014 se dictó auto de fecha 5/2/19 por el que se ha declarado concluso el concurso de CADENA MENTA, S.A., con CIF A58105792, con domicilio en Calle Sabino Arana, 27, "Masia Torre Rodona", 08028 – Barcelona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. En Barcelona a, 5 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Gaspar Caballero Ochoa.

  2. Declaración de concurso15/07/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 510/2014Auto 01/07/2014

    Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 510/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad CADENA MENTA, S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 510/2014 Sección C5R. NIG del procedimiento: 08019-47-1-2014-8003323. Entidad concursada: CADENA MENTA, S.A., con CIF n.º A58105792. Tipo de concurso: voluntario. Fecha del Auto de declaración: 23/6/14. Administradores concursales: Don José Manuel Calavia Molinero con domicilio en C. Diputació, 260, Barcelona (Barcelona). Don Josep Pujolras Nonell, con domicilio en C. Aribau, 198, Barcelona (Barcelona), con correo electrónico [email protected]. Facultades del concursado: Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al Art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los Autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Dado en Barcelona, 1 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.