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Concurso de acreedores
CABOT FRUITS SL
CIF B60544764Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 01/03/2014 → 01/03/2014
- Procedimiento
- 59/2014
Cronología del expediente
- Otro acto concursal01/03/2014⚖️ BARCELONAAuto 05/02/2014
Edicto Don Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y Provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el Concurso 59/14 B en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la empresa Cabot Fruits, S.L., con CIF B60544764 y domicilio en Barcelona Mercabarna Pabellón A-1046, con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador Concursal a don Alfredo Vallo López, Abogado, quien esta misma en fecha ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal la de Calle Muntaner, 269, 5.º 1.ª, de Barcelona y dirección electrónica [email protected]. Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. barcelona, 5 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación01/03/2014⚖️ BARCELONAProc. 59/2014Auto 05/02/2014
Edicto Don Rafael Huerta García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en el Concurso número 59/2014 B seguido en este Juzgado a instancias del Procurador Doña Beatriz de Miquel Balmes, en nombre de Cabot Fruits, S.L., B60544764, se ha dictado en esta mima fecha auto que abre la Fase de Liquidación. Barcelona, 5 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.