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Concurso de acreedores

CA'N BALAGUER SA

CIF A07127293Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
204/04/201122/07/2014
Procedimiento
44/2011
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso22/07/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 44/2011Auto 11/07/2014

    D. Esteban Martínez Rovira, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber que: En este órgano judicial se tramita 44/2011-L, seguido a instancias de Frigoríficos de l'Empordá, S.A.; Productos Cárnicos Pirene, S.A.; Cárnicas Ibéricas Mozarbez, S.L.; Frigoríficos Joan Cañigueral, S.L.U., contra Can Balaguer, S.A., en los que, por resolución de fecha 10/07/2014, se ha acordado: La conclusión del concurso de CAN BALAGUER, S.A., con CIF A07127293, y con domicilio en Gran Vía, 55, de Artá, de esta ciudad y, la extinción de la persona jurídica con archivo de las actuaciones. Se aprueban las cuentas rendidas por la Administración concursal. Se acuerda la extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. Palma de Mallorca, 11 de julio de 2014.- El Secretario judicial.

  2. Declaración de concurso04/04/2011
    ⚖️ PALMA DE MALLORCAProc. 44/2011Auto 11/03/2011

    Edicto Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: Primero.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número concurso 44/2011, se ha dictado a instancias de Frigorifics de L'Emporda, S.A.; Productos Cárnicos Pirene, S.A.; Cárnicas Ibéricas Mozarbez, S.L. y Frigoríficos Joan Cañigueral, S.L.U., en fecha 11 de marzo de 2011, auto de declaración de concurso necesario, que aun no es firme, del deudor Can Balaguer, S.A., con CIF A-07127293 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Calle Gran Vía, número 55 de Artá. Segundo.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que serán sustituidas por la Administración concursal. Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso, originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 11 de marzo de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.